
NUEVAS MEDIDAS COVID 19 (actualización a 03/30/2020) CESE DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS NO ESENCIALES
29/03/2020
El Real Decreto 10/2020 DE 29 DE MARZO introduce un nuevo permiso retribuido recuperable por los trabajadores de las empresas. Las particularidades más importantes son:
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De acuerdo con la redacción del documento, afecta sólo a trabajadores por cuenta ajena. Por lo tanto los trabajadores por cuenta propia (autónomos) pueden continuar desarrollando las mismas actividades que podían desarrollar hasta su entrada en vigor.
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No es de aplicación para los trabajadores por cuenta ajena que constan en el artículo 1.2 de este Real Decreto (servicios esenciales, líneas de producción de los servicios esenciales, afectados por ERTE, bajas laborales y teletrabajadores), las disposiciones adicionales así como las 25 excepciones previstas en el anexo.
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El período de aplicación de esta parada comprende desde el 30 de marzo hasta el 9 de abril de 2020. Sin embargo, se establece una moratoria para aquellos casos en que resulte imposible interrumpir de forma inmediata la actividad durante el 03/30/2020 y exclusivamente para llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido sin perjudicar desproporcionadamente la actividad empresarial.
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La recuperación de las horas de trabajo se podrá hacer efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020.
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Como última novedad, las empresas obligadas a aplicar el permiso retribuido pueden establecer un número mínimo de plantilla o turnos de trabajo para mantener la actividad indispensable (ponen como ejemplo el nivel de actividad de un fin de semana ordinario o los días festivos).
Prestación EXTRAORDINARIA PARA AUTÓNOMOS por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19
23/03/2020
MEDIDAS REAL DECRETO LEY 8/2020, de 17 de marzo, de Medidas Urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID 19
21/03/2020
Certificado autoresponsable de desplazamieno en el marco del estado de alarma por la crisis sanitaria.
20/03/2020
La Generalitat de Cataluña ha publicado un certificado autoresponsable de desplazamiento para facilitar en todo el mundo acreditar que la movilidad se hace por una de las causas autorizadas, en el supuesto de que los cuerpos policiales lo requirieran, en cumplimiento de la limitación de la libertad de circulación de las personas por el estado de alarma.
La recomendación de llevar este certificado entrará en vigor la medianoche de domingo a lunes del 23 de marzo de 2020. Aún así, se está preparando una versión de aplicación digital que se pueda mostrar desde el teléfono móvil.
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